El Banco de España avisa a los autónomos de que tampoco se pueden fraccionar los pagos en efectivo
Los 1.000 euros son el nuevo límite para pagos en efectivo permitido por el Gobierno y que está en vigor desde el pasado julio. Se trata de una de las medidas incluidas en la nueva Ley de lucha contra el Fraude Fiscal, con el objetivo de evitar la evasión de impuestos. Si bien antes de esta normativa el límite estaba fijado en los 2.500 euros, ahora, ningún autónomo ni empresa podrá pagar ni recibir dinero en metálico por encima de los 1.000 euros. De hecho, el Banco de España publicó recientemente un recordatorio sobre esta nueva medida y avisó a los dueños de negocios que también está prohibido fraccionar el pago, es decir, pagar una parte en efectivo y otra por transferencia bancaria.
Así mismo el órgano regulador explicó que los cheques al portador, así como cualquier otro medio de pago en el que no se identifique a los intervinientes, también se consideran efectivo.
Si los inspectores detectan esta cuantía la multa es de hasta un 25% de la base imponible de la sanción tanto al que recibe el pago como al que lo efectúa